South American Research Journal, 5(1), 27-40
https://www.sa-rj.net//index.php/sarj/article/view/70
ISSN 2806-5638
De esta forma, se resalta que la VG y la IPV
parten de las construcciones culturales basadas en
una visión patriarcal, que, a su vez, no permite el
establecimiento de mecanismos de control
adecuado para la IPV como representación de la
VG (Reina-Barreto, 2021).
Donoso-Gallegos et al. (2021) relacionan a la
VG y la IPV con factores transgeneracionales
propios de las historias de las mujeres víctimas de
violencia, así como los factores estructurales,
mencionado por Mañas et. al (2023). Esto reafirma
la incidencia de los patrones culturales junto con
los factores de riesgo económicos y demográficos
en temas de dependencia y vulnerabilidad de las
mujeres. Adicional a esto, Díaz-Sánchez et al.
es un factor predisponente para el establecimiento
de la cultura de violencia. Siendo más claros, la VG
contra la mujer, es propia de la cultura ecuatoriana
(Espinoza-Lastra et al., 2021), criterio corroborado
por los estudios de Verdú-Delgado y Guarderas-
Albuja (2024) y Bustamante-Torres et. al. (2023).
Por otro lado, al momento de evaluar las
situaciones laborales en relación a la economía y la
independencia de la mujer, (Peña-Contreras et al.,
2021) se reafirma que las construcciones culturales
establecen el rol a cumplir, a través del machismo,
dentro de la sociedad y la misma cultura,
imposibilitando el cambio de estos patrones
relacionados con la VG y sus expresiones, como la
violencia patrimonial (Arroyo, 2020). Ante esto, se
afirma que, las acciones legislativas que
resolverían la problemática, tanto social como
económica, concerniente con la VG, no está
relacionada con la creación de nuevas normativas a
nivel legal, sino con el establecimiento de nuevos
proyectos aplicados en la reducción de la VG,
enfocados principalmente en las redes de apoyo y
la protección social (Solano-Marcillo y Mera-
Leones, 2019).
La legislación y políticas públicas en temas de
VG ha sido el tema más abordado en la producción
científica de los últimos años, resaltando el amplio
trabajo normativo en la reducción de la VG por
parte del estado, tanto a nivel de Presidencia de la
República, como Asamblea Nacional (Vera-Viteri,
2020), aunque, se resalta que, para el correcto
funcionamiento, se requiere el trabajo conjunto
entre sectores sociales, organizaciones e instancias
gubernamentales (Guarderas-Albuja et al., 2019),
para así llegar a la correcta aplicación de la
normativa, tal cual fue concebida. Retomando la
normativa legal, su evolución ha sido partícipe de
una experiencia positiva en cuanto al
reconocimiento de los derechos fundamentales,
resaltando el trabajo en la visibilización de los
derechos de las mujeres (Puchaicela-Huaca y
Torres-Sánchez, 2019).
(2025) reafirma que la VG debe entenderse desde
una perspectiva estructural, reforzando la
necesidad de diseñar políticas públicas preventivas
focalizadas que respondan a las condiciones
sociales que anteceden la violencia letal.
Por otro lado, autores afirman que la VG se
presenta mayoritariamente en mujeres que estén en
contacto con espacios públicos, siendo la violencia
física la que tiene mayor presencia dentro de la
sociedad ecuatoriana (Gómez-Mieles y Román-
Cao, 2019). De los altos porcentajes de VG contra
la mujer, se presume que la mayor cantidad de
denuncias de violencia se concentran en los
sectores urbanos, debido a que, en el sector rural
del país, no existe la misma accesibilidad a las
instancias jurídicas en conjunto con el temor a
represalias y el desinterés social de la VG en
Ecuador (Espinoza-Lastra et al., 2021).
Respecto a las construcciones culturales en
relación con la IPV y VG, varios de los artículos se
centraron en analizar de manera crítica la
asociación existente entre estos factores en
Ecuador. El pluralismo jurídico y los DDHH de las
mujeres indígenas rescatan la importancia del
factor estructural que mantiene las situaciones de
VG, en conjunto con la nula interacción entre
campos estatales y las comunidades (Fiallo-
Monedero, 2018). Así, también Reyes Mendoza et
al. (2023) mencionan la importancia de visibilizar
las múltiples dimensiones de riesgo, cómo son la
pobreza, la discriminación estructural y la falta de
acceso a servicios de justicia y salud que
profundizan la exposición a la violencia.
Específicamente en el análisis de la CRE
(2008), se resalta la instauración del estado
intercultural de derecho enfocado en la protección
de los derechos fundamentales. En la realidad, se
encuentran problemáticas serias en cuanto a la
ejecución de las normativas de protección de
derechos, ya que la falta de especificidad en las
leyes trunca su adecuada ejecución (Illiacachi-
Guzñay, 2018), dando paso a una rigidez en la
aplicación, generando los llamados “vacíos
La incidencia política de la estratificación de
los hombres y mujeres reafirma la existencia de un
componente histórico y cultural en la desigualdad
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